11 jun 2010

El nuevo Código Penal castiga más a terroristas, pederastas y corruptos e introduce la piratería y el acoso inmobiliario. The new Penal Code punished more terrorists, paedophile rings and corrupt and introduces piracy and real estate harassment.

El nuevo Código Penal que entrará en vigor una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado la reforma aprobada hoy en el Senado castigará más a terroristas, pederastas y corruptos y contará como nuevos delitos el de piratería, el acoso laboral e inmobiliario y el tráfico de órganos humanos.

El nuevo Código Penal que entrará en vigor una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado la reforma aprobada hoy en el Senado castigará más a terroristas, pederastas y corruptos y contará como nuevos delitos el de piratería, el acoso laboral e inmobiliario y el tráfico de órganos humanos.

El Proyecto de Ley aprobado en la Cámara Alta modifica definitivamente el Código Penal de 1995, que hasta hasta había sido reformado ya en 26 ocasiones. Dado que los senadores no han introducido ninguna modificación al texto procedente del Congreso de los Diputados, la reforma no necesitará pasar de nuevo por la Cámara Baja y será enviada ya desde el Senado al BOE.

Entre las novedades del nuevo Código Penal se encuentra la introducción de la libertad vigilada, una medida de seguridad destinada a terroristas y delincuentes sexuales, principalmente pederastas, que se impondrá en sentencia junto a la pena de cárcel por un tiempo máximo de cinco años, aunque se podrá extender hasta los diez años.

El condenado podrá ser obligado a estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos y a seguir tratamiento médico o participar en programas formativos, laborales o de educación sexual, También se le podrá prohibir aproximarse a la víctima o sus familiares, residir en determinados territorios o acudir a determinados lugares o establecimientos y desempeñar determinadas actividades que puedan facilitarle la ocasión de cometer nuevos delitos.

IMPRESCRIPTIBILIDAD DELITOS DE TERRORISMO

Además, en el caso del terrorismo, se establece la imprescriptibilidad de los delitos de esta naturaleza cuando han causado la muerte de una persona. Igualmente, los condenados por delitos contra la libertad e indemnidad de menores de trece años, delitos de terrorismo o del crimen organizado que tengan penas de cárcel superiores a cinco años deberán cumplir al menos la mitad de la condena antes de poder acceder al tercer grado penitenciario.

Por otra parte, el nuevo Código otorga un mayor protagonismo a la localización permanente y, en concreto, la dispone como pena principal para los delincuentes autores de pequeños robos reincidentes. La medida, introducida a propuesta de CiU, se cumplirá los fines de semana y días festivos en centros penitenciarios.

Mientras tanto, la reforma suprime la pena de cárcel para los vendedores de copias ilegales de productos audiovisuales a pequeña escala y establece que sólo se les podrá castigar con multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS

En el campo de la corrupción, la normativa prevé por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Además, en los casos de funcionarios y responsables públicos que cometan delitos de corrupción, se elimina la alternativa entre la pena de prisión o multa, de manera que siempre haya condena de cárcel. En este apartado, se castigará también a las autoridades o funcionarios que informen favorablemente de proyectos u omitan inspecciones contraviniendo las normas.

Asimismo, en los delitos sobre la ordenación del territorio, se amplía el ámbito de las conductas típicas a las obras ilegales o clandestinas de urbanización, más allá de la mera construcción o edificación. En cualquier caso, se estipula que los delitos urbanísticos podrán ser castigados con hasta cuatro años de cárcel.

En este ámbito, se tipifica por primera vez penalmente las conductas más graves de corrupción en el deporte, de manera que se castigarán los sobornos llevados a cabo por miembros y colaboradores de entidades deportivas, deportistas, árbitros y jueces encaminados a alterar el resultado de una prueba, encuentro o competición profesional.

También se incorpora la figura de la estafa de inversiones, incriminando a los administradores de sociedades que falseen información para lograr captar inversores u obtener créditos y castigando la difusión de noticias o rumores sobre empresas donde se ofrezcan datos falsos para alterar o preservar el precio de cotización de un instrumento financiero.

Entre los nuevos delitos que se incorporan al nuevo Código Penal está el tráfico ilícito de órganos humanos y el trasplante de los mismos, que también contempla la sanción penal al receptor del órgano que, conociendo su origen ilícito, consienta la realización de la intervención.

ACOSO LABORAL, INMOBILIARIO Y 'CHILD GROOMING'

Igualmente, se incrimina por primera vez de manera diferenciada el acoso laboral --entendiendo por tal el hostigamiento psicológico u hostil en el marco del cualquier actividad laboral o funcionarial que humille al que lo sufre-- y el acoso inmobiliario, para defender a las víctimas de ataques dirigidos a obligarles a abandonar su viviendas para obtener, en la mayoría de los casos, objetivos especuladores.

Otro de los nuevos delitos es el de piratería, que castigará al que se apodere, dañe o destruya una aeronave, buque o embarcación o atente contra las personas, cargamento o bienes que en él se encuentren y que podrá estar sancionado con entre diez y quince años de prisión.

En el campo de los delitos sexuales, junto al aumento del nivel de protección de las víctimas, especialmente de las más vulnerables, se introduce la regulación del denominado 'child grooming', es decir, la utilización de internet con fines sexuales contra menores, castigando de manera más dura al delincuente que consigue el acercamiento con el menor mediante coacción, intimidación o engaño.

También se introduce la posibilidad de privar de la patria potestad a los padres para proteger a los menores y se endurecen las penas por abusos, que podrán llegar hasta los 15 años de cárcel.

Además, se ha aprovechado esta reforma para introducir una tutela civil específica de los derechos de víctimas cuando el autor condenado utiliza el delito para conseguir notoriedad pública u obtener provecho económico o cuando se divulgan datos falsos sobre hechos delictivos.

Por otra parte, en relación con la seguridad vial, se castiga con penas de entre tres y seis meses de cárcel, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad al que conduzca por encima de 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 en vía interurbana o bajo los efectos de alcohol o drogas, permitiendo que el juez elija entre las tres penas.

________________________________________________________________________________
Aprobado definitivamente el nuevo Código Penal, más duro para pederastas y corruptos
________________________________________________________________________________
Principales cambios en el Código Penal:

Las claves del nuevo código penal

Lucha contra la corrupción. Se tipifica como delito el soborno entre particulares y aumentan las penas para los cargos públicos condenados por delitos de corrupción, que tendrán siempre condenas de cárcel y no sólo de multa o inhabilitación, y para los delitos urbanísticos, castigando con hasta cuatro años de prisión las obras ilegales y a las autoridades que las amparen.

Más control tras la condena. El proyecto establece una serie de medidas de control extraordinarias para terroristas y delincuentes sexuales -especialmente pederastas-, entre las que se incluye la libertad vigilada de hasta diez años revisable una vez cumplida la condena. La medida incluye el seguimiento telemático del delincuente, que estará siempre localizado, y la prohibición de aproximarse a sus víctimas.

Delitos que no prescriben. Se contempla la "imprescriptibilidad" de los asesinatos terroristas, y los pederastas y terroristas condenados a más de cinco años de cárcel no podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de la condena.

Mano dura contra la pederastia. Para aumentar la protección de las víctimas se endurecen las penas por abusos a menores, que llegarán a los quince años de prisión, y se introduce la posibilidad de que privar de la patria potestad a los padres para proteger al menor. También se tipifica como delito la captación de niños para participar en espectáculos pornográficos.

Sin prisión para el 'top manta'. La reforma suprime las penas de prisión para delitos de venta de material audiovisual ilegal -el "top manta"- cuando el beneficio no supere los 400 euros.

Más dureza contra la ocupación y el grafiti. Las ocupaciones violentas de bienes inmuebles podrán castigarse con prisión de uno a dos años, cuando hasta ahora sólo tenían multa económica, y se penará con localización permanente de dos a seis días o trabajos en beneficio de la comunidad a quienes hagan pintadas o "grafitis" en bienes muebles de dominio público o privado.

Fin de la impunidad para la reincidencia en los hurtos. Se endurece el castigo para los hurtos reiterados, de tal forma que los autores de pequeños robos -de menos de 400 euros- reincidentes podrán ser condenados a penas de cárcel a cumplir durante el fin de semana. Además, se contempla la creación de un registro de este tipo de faltas.

Prisión para los conductores imprudentes. Conducir por encima de la velocidad permitida en 60 kilómetros por hora en vías urbanas o en 80 en interurbanas, o bajo los efectos de alcohol o drogas, se castigará con penas de prisión y decomiso del vehículo de tres a seis meses, con multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad.

Elegir pena en delitos de tráfico. La posibilidad de elegir entre tres penas distintas pretende evitar tanto la masificación de las cárceles por el aumento de los delitos de tráfico como la prescripción de los mismos.

Nuevos delitos. Las labores de captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación del terrorismo, el acoso laboral e inmobiliario (hasta tres años de cárcel), los sobornos y fraudes en el deporte, los ataques informáticos y el tráfico ilegal de órganos se consideran delito en la reforma.

15 años de prisión para los piratas. En el caso de la piratería, apoderarse de un barco o de un avión se castigará con hasta 15 años de prisión.

Protección del medio ambiente. En materia de medio ambiente, el traslado ilegal de residuos, la explotación de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa y la destrucción de grave alteración del hábitat por la caza o la pesca de especies amenazadas se considerarán delito.

Castigo para los que exploten a sus semejantes. Se tipifica de forma específica la trata de personas y se refuerza la protección penal a las mujeres y a los "niños soldado" en los conflictos armados, castigando expresamente a quienes atenten contra la libertad sexual de una persona protegida o recluten o alisten a menores para participar en esos conflictos.

Localización permanente. Para evitar la "desocialización", se introduce la posibilidad de sustituir las penas privativas de libertad de corta duración -hasta seis meses de cárcel- por la de localización permanente.

No hay comentarios: